1. Número 1 · Enero 2015

  2. Número 2 · Enero 2015

  3. Número 3 · Enero 2015

  4. Número 4 · Febrero 2015

  5. Número 5 · Febrero 2015

  6. Número 6 · Febrero 2015

  7. Número 7 · Febrero 2015

  8. Número 8 · Marzo 2015

  9. Número 9 · Marzo 2015

  10. Número 10 · Marzo 2015

  11. Número 11 · Marzo 2015

  12. Número 12 · Abril 2015

  13. Número 13 · Abril 2015

  14. Número 14 · Abril 2015

  15. Número 15 · Abril 2015

  16. Número 16 · Mayo 2015

  17. Número 17 · Mayo 2015

  18. Número 18 · Mayo 2015

  19. Número 19 · Mayo 2015

  20. Número 20 · Junio 2015

  21. Número 21 · Junio 2015

  22. Número 22 · Junio 2015

  23. Número 23 · Junio 2015

  24. Número 24 · Julio 2015

  25. Número 25 · Julio 2015

  26. Número 26 · Julio 2015

  27. Número 27 · Julio 2015

  28. Número 28 · Septiembre 2015

  29. Número 29 · Septiembre 2015

  30. Número 30 · Septiembre 2015

  31. Número 31 · Septiembre 2015

  32. Número 32 · Septiembre 2015

  33. Número 33 · Octubre 2015

  34. Número 34 · Octubre 2015

  35. Número 35 · Octubre 2015

  36. Número 36 · Octubre 2015

  37. Número 37 · Noviembre 2015

  38. Número 38 · Noviembre 2015

  39. Número 39 · Noviembre 2015

  40. Número 40 · Noviembre 2015

  41. Número 41 · Diciembre 2015

  42. Número 42 · Diciembre 2015

  43. Número 43 · Diciembre 2015

  44. Número 44 · Diciembre 2015

  45. Número 45 · Diciembre 2015

  46. Número 46 · Enero 2016

  47. Número 47 · Enero 2016

  48. Número 48 · Enero 2016

  49. Número 49 · Enero 2016

  50. Número 50 · Febrero 2016

  51. Número 51 · Febrero 2016

  52. Número 52 · Febrero 2016

  53. Número 53 · Febrero 2016

  54. Número 54 · Marzo 2016

  55. Número 55 · Marzo 2016

  56. Número 56 · Marzo 2016

  57. Número 57 · Marzo 2016

  58. Número 58 · Marzo 2016

  59. Número 59 · Abril 2016

  60. Número 60 · Abril 2016

  61. Número 61 · Abril 2016

  62. Número 62 · Abril 2016

  63. Número 63 · Mayo 2016

  64. Número 64 · Mayo 2016

  65. Número 65 · Mayo 2016

  66. Número 66 · Mayo 2016

  67. Número 67 · Junio 2016

  68. Número 68 · Junio 2016

  69. Número 69 · Junio 2016

  70. Número 70 · Junio 2016

  71. Número 71 · Junio 2016

  72. Número 72 · Julio 2016

  73. Número 73 · Julio 2016

  74. Número 74 · Julio 2016

  75. Número 75 · Julio 2016

  76. Número 76 · Agosto 2016

  77. Número 77 · Agosto 2016

  78. Número 78 · Agosto 2016

  79. Número 79 · Agosto 2016

  80. Número 80 · Agosto 2016

  81. Número 81 · Septiembre 2016

  82. Número 82 · Septiembre 2016

  83. Número 83 · Septiembre 2016

  84. Número 84 · Septiembre 2016

  85. Número 85 · Octubre 2016

  86. Número 86 · Octubre 2016

  87. Número 87 · Octubre 2016

  88. Número 88 · Octubre 2016

  89. Número 89 · Noviembre 2016

  90. Número 90 · Noviembre 2016

  91. Número 91 · Noviembre 2016

  92. Número 92 · Noviembre 2016

  93. Número 93 · Noviembre 2016

  94. Número 94 · Diciembre 2016

  95. Número 95 · Diciembre 2016

  96. Número 96 · Diciembre 2016

  97. Número 97 · Diciembre 2016

  98. Número 98 · Enero 2017

  99. Número 99 · Enero 2017

  100. Número 100 · Enero 2017

  101. Número 101 · Enero 2017

  102. Número 102 · Febrero 2017

  103. Número 103 · Febrero 2017

  104. Número 104 · Febrero 2017

  105. Número 105 · Febrero 2017

  106. Número 106 · Marzo 2017

  107. Número 107 · Marzo 2017

  108. Número 108 · Marzo 2017

  109. Número 109 · Marzo 2017

  110. Número 110 · Marzo 2017

  111. Número 111 · Abril 2017

  112. Número 112 · Abril 2017

  113. Número 113 · Abril 2017

  114. Número 114 · Abril 2017

  115. Número 115 · Mayo 2017

  116. Número 116 · Mayo 2017

  117. Número 117 · Mayo 2017

  118. Número 118 · Mayo 2017

  119. Número 119 · Mayo 2017

  120. Número 120 · Junio 2017

  121. Número 121 · Junio 2017

  122. Número 122 · Junio 2017

  123. Número 123 · Junio 2017

  124. Número 124 · Julio 2017

  125. Número 125 · Julio 2017

  126. Número 126 · Julio 2017

  127. Número 127 · Julio 2017

  128. Número 128 · Agosto 2017

  129. Número 129 · Agosto 2017

  130. Número 130 · Agosto 2017

  131. Número 131 · Agosto 2017

  132. Número 132 · Agosto 2017

  133. Número 133 · Septiembre 2017

  134. Número 134 · Septiembre 2017

  135. Número 135 · Septiembre 2017

  136. Número 136 · Septiembre 2017

  137. Número 137 · Octubre 2017

  138. Número 138 · Octubre 2017

  139. Número 139 · Octubre 2017

  140. Número 140 · Octubre 2017

  141. Número 141 · Noviembre 2017

  142. Número 142 · Noviembre 2017

  143. Número 143 · Noviembre 2017

  144. Número 144 · Noviembre 2017

  145. Número 145 · Noviembre 2017

  146. Número 146 · Diciembre 2017

  147. Número 147 · Diciembre 2017

  148. Número 148 · Diciembre 2017

  149. Número 149 · Diciembre 2017

  150. Número 150 · Enero 2018

  151. Número 151 · Enero 2018

  152. Número 152 · Enero 2018

  153. Número 153 · Enero 2018

  154. Número 154 · Enero 2018

  155. Número 155 · Febrero 2018

  156. Número 156 · Febrero 2018

  157. Número 157 · Febrero 2018

  158. Número 158 · Febrero 2018

  159. Número 159 · Marzo 2018

  160. Número 160 · Marzo 2018

  161. Número 161 · Marzo 2018

  162. Número 162 · Marzo 2018

  163. Número 163 · Abril 2018

  164. Número 164 · Abril 2018

  165. Número 165 · Abril 2018

  166. Número 166 · Abril 2018

  167. Número 167 · Mayo 2018

  168. Número 168 · Mayo 2018

  169. Número 169 · Mayo 2018

  170. Número 170 · Mayo 2018

  171. Número 171 · Mayo 2018

  172. Número 172 · Junio 2018

  173. Número 173 · Junio 2018

  174. Número 174 · Junio 2018

  175. Número 175 · Junio 2018

  176. Número 176 · Julio 2018

  177. Número 177 · Julio 2018

  178. Número 178 · Julio 2018

  179. Número 179 · Julio 2018

  180. Número 180 · Agosto 2018

  181. Número 181 · Agosto 2018

  182. Número 182 · Agosto 2018

  183. Número 183 · Agosto 2018

  184. Número 184 · Agosto 2018

  185. Número 185 · Septiembre 2018

  186. Número 186 · Septiembre 2018

  187. Número 187 · Septiembre 2018

  188. Número 188 · Septiembre 2018

  189. Número 189 · Octubre 2018

  190. Número 190 · Octubre 2018

  191. Número 191 · Octubre 2018

  192. Número 192 · Octubre 2018

  193. Número 193 · Octubre 2018

  194. Número 194 · Noviembre 2018

  195. Número 195 · Noviembre 2018

  196. Número 196 · Noviembre 2018

  197. Número 197 · Noviembre 2018

  198. Número 198 · Diciembre 2018

  199. Número 199 · Diciembre 2018

  200. Número 200 · Diciembre 2018

  201. Número 201 · Diciembre 2018

  202. Número 202 · Enero 2019

  203. Número 203 · Enero 2019

  204. Número 204 · Enero 2019

  205. Número 205 · Enero 2019

  206. Número 206 · Enero 2019

  207. Número 207 · Febrero 2019

  208. Número 208 · Febrero 2019

  209. Número 209 · Febrero 2019

  210. Número 210 · Febrero 2019

  211. Número 211 · Marzo 2019

  212. Número 212 · Marzo 2019

  213. Número 213 · Marzo 2019

  214. Número 214 · Marzo 2019

  215. Número 215 · Abril 2019

  216. Número 216 · Abril 2019

  217. Número 217 · Abril 2019

  218. Número 218 · Abril 2019

  219. Número 219 · Mayo 2019

  220. Número 220 · Mayo 2019

  221. Número 221 · Mayo 2019

  222. Número 222 · Mayo 2019

  223. Número 223 · Mayo 2019

  224. Número 224 · Junio 2019

  225. Número 225 · Junio 2019

  226. Número 226 · Junio 2019

  227. Número 227 · Junio 2019

  228. Número 228 · Julio 2019

  229. Número 229 · Julio 2019

  230. Número 230 · Julio 2019

  231. Número 231 · Julio 2019

  232. Número 232 · Julio 2019

  233. Número 233 · Agosto 2019

  234. Número 234 · Agosto 2019

  235. Número 235 · Agosto 2019

  236. Número 236 · Agosto 2019

  237. Número 237 · Septiembre 2019

  238. Número 238 · Septiembre 2019

  239. Número 239 · Septiembre 2019

  240. Número 240 · Septiembre 2019

  241. Número 241 · Octubre 2019

  242. Número 242 · Octubre 2019

  243. Número 243 · Octubre 2019

  244. Número 244 · Octubre 2019

  245. Número 245 · Octubre 2019

  246. Número 246 · Noviembre 2019

  247. Número 247 · Noviembre 2019

  248. Número 248 · Noviembre 2019

  249. Número 249 · Noviembre 2019

  250. Número 250 · Diciembre 2019

  251. Número 251 · Diciembre 2019

  252. Número 252 · Diciembre 2019

  253. Número 253 · Diciembre 2019

  254. Número 254 · Enero 2020

  255. Número 255 · Enero 2020

  256. Número 256 · Enero 2020

  257. Número 257 · Febrero 2020

  258. Número 258 · Marzo 2020

  259. Número 259 · Abril 2020

  260. Número 260 · Mayo 2020

  261. Número 261 · Junio 2020

  262. Número 262 · Julio 2020

  263. Número 263 · Agosto 2020

  264. Número 264 · Septiembre 2020

  265. Número 265 · Octubre 2020

  266. Número 266 · Noviembre 2020

  267. Número 267 · Diciembre 2020

  268. Número 268 · Enero 2021

  269. Número 269 · Febrero 2021

  270. Número 270 · Marzo 2021

  271. Número 271 · Abril 2021

  272. Número 272 · Mayo 2021

  273. Número 273 · Junio 2021

  274. Número 274 · Julio 2021

  275. Número 275 · Agosto 2021

  276. Número 276 · Septiembre 2021

  277. Número 277 · Octubre 2021

  278. Número 278 · Noviembre 2021

  279. Número 279 · Diciembre 2021

  280. Número 280 · Enero 2022

  281. Número 281 · Febrero 2022

  282. Número 282 · Marzo 2022

  283. Número 283 · Abril 2022

  284. Número 284 · Mayo 2022

  285. Número 285 · Junio 2022

  286. Número 286 · Julio 2022

  287. Número 287 · Agosto 2022

  288. Número 288 · Septiembre 2022

  289. Número 289 · Octubre 2022

  290. Número 290 · Noviembre 2022

  291. Número 291 · Diciembre 2022

  292. Número 292 · Enero 2023

  293. Número 293 · Febrero 2023

  294. Número 294 · Marzo 2023

  295. Número 295 · Abril 2023

  296. Número 296 · Mayo 2023

  297. Número 297 · Junio 2023

  298. Número 298 · Julio 2023

  299. Número 299 · Agosto 2023

  300. Número 300 · Septiembre 2023

  301. Número 301 · Octubre 2023

  302. Número 302 · Noviembre 2023

  303. Número 303 · Diciembre 2023

  304. Número 304 · Enero 2024

  305. Número 305 · Febrero 2024

  306. Número 306 · Marzo 2024

  307. Número 307 · Abril 2024

CTXT necesita 15.000 socias/os para seguir creciendo. Suscríbete a CTXT

Fútbol

Mendes se queda sin escudos

El representante más mediático del fútbol declarará como imputado por aconsejar a sus jugadores que gestionaran sus derechos de imagen a través de una estructura societaria que la Agencia Tributaria ha puesto en cuestión

Ricardo Uribarri Madrid , 24/06/2017

<p>Jorge Mendes, al recoger en 2013 el premio al mejor agente del año.</p>

Jorge Mendes, al recoger en 2013 el premio al mejor agente del año.

BENDONI

En CTXT podemos mantener nuestra radical independencia gracias a que las suscripciones suponen el 70% de los ingresos. No aceptamos “noticias” patrocinadas y apenas tenemos publicidad. Si puedes apoyarnos desde 3 euros mensuales, suscribete aquí

Necesitamos tu ayuda para realizar las obras en la Redacción que nos permitan seguir creciendo. Puedes hacer una donación libre aquí

-----------------------------------------------------------------------------------------------------

Jorge Mendes, el agente de futbolistas más poderoso y mediático del mundo, se ha quedado sin escudos que le protejan.  Tras ser investigados, y en algunos casos denunciados por presunto fraude fiscal en España, hasta siete de sus más selectos clientes, incluidas las joyas de la corona, Cristiano Ronaldo y Jose Mourinho, la justicia tiene ya en el punto de mira al representante portugués, que el próximo martes 27 está citado en el Juzgado de Instrucción Número 1 de Pozuelo de Alarcón como imputado dentro de la investigación contra el colombiano Radamel Falcao.

El que fuera jugador del Atlético de Madrid entre 2011 y 2013 señaló a Mendes en su declaración como la persona que le asesoró para gestionar sus derechos de imagen utilizando una estructura con la que se ocultaba al fisco español esos ingresos. También involucró al abogado luso Carlos Osorio de Castro, a Luis Correia (sobrino de Mendes) y a Julio Senn, socio del bufete madrileño especializado en deportistas Senn&Ferrero, que ha sido llamado a declarar como testigo.

El sistema utilizado en el caso de Falcao es, a grandes rasgos, el mismo que emplearon los otros integrantes del clan Mendes que han sido inspeccionados, y a los que la Agencia Tributaria ha reclamado en conjunto 30.290.000 euros.  Las cuentas son las siguientes: Cristiano habría defraudado 14,7 millones; Falcao, 5,6; Pepe, 3,7; Mourinho 3,3; Di María:,1,3; Coentrao, 1,29; y Carvalho, 400.000 euros. A día de hoy, Di María ha saldado la deuda tras llegar a un pacto con el fiscal y la Abogacía del Estado por el que acepta pagar dos millones de euros y una pena de 16 meses de cárcel, que no deberá cumplir. Y Pepe dio a conocer que había regularizado su situación pagando una cantidad que no ha trascendido.

En un comunicado enviado por la agencia que preside, Mendes afirma que su “actividad profesional en Gestifute se limita exclusivamente a la intermediación en los traspasos de jugadores entre clubes de fútbol y en la negociación o renovación de los respectivos contratos de trabajo, percibiendo un 'fee' (comisión) por cada operación completada. No participo ni presto servicio alguno relacionado directa ni indirectamente con el asesoramiento financiero, fiscal ni legal”.

Sin embargo, el modelo empleado por los futbolistas del agente para gestionar sus derechos de imagen, desvelado por el periódico El Mundoa través de los documentos proporcionados por Football Leaks, pone la sombra de la sospecha sobre el luso. Todos ellos cedían esos derechos a sociedades ubicadas, en la mayoría de los casos, en el paraíso fiscal de las Islas Vírgenes, pero también en Panamá, que a su vez traspasaban los derechos de explotación a dos empresas con sede en Irlanda, país donde el impuesto de sociedades es de apenas el 12,5%, el más bajo de Europa.

Estas son Polaris Sports, de la que Mendes posee el 62,5% de las acciones y su sobrino un 32,5% y Multisports & Image Management (MIM), dirigida por el abogado Andy Quinn, también en la órbita de Mendes. Estas sociedades son las que se encargan de buscar patrocinadores para sus clientes, y tras quedarse con una comisión que oscila entre el 24 y el 26,5% de los ingresos por publicidad, envían el resto del dinero a la sociedad original.

La clave, según Xavier-Albert Canal, abogado especializado en fiscalidad y derecho deportivo, es “que las actuaciones del juez instructor demuestren que Mendes es el dueño de esas sociedades y que él ha sido la persona que ha asesorado a los deportistas investigados para que utilizaran esa estructura con el fin de lograr una menor tributación. Si los jugadores declaran que ellos no han participado en nada y le señalan a él como asesor en esta materia, evidentemente Mendes puede tener un problema”.

La Ley General Tributaria de 2003 ya especifica que la persona que ayuda a cometer delitos fiscales –abogados, asesores, gestores, economistas…- puede llegar a ser acusado como cooperador necesario. “La pena sería similar a la que sufriera el obligado tributario pero si se demuestra su implicación en varios casos y sufre diversas sentencias condenatorias, la suma de todas podría sumar más de dos años y tendría el riesgo de ser condenado a penas de cárcel”, explica Canal.

Conviene aclarar que tener una sociedad en un paraíso fiscal no es delito. “Tú puedes tenerla donde quieras pero debes tener claro que en los países occidentales rige el principio que se tributa en el país donde resides, no en el de tu nacionalidad. Es decir, que mientras declares en  España por todos los rendimientos obtenidos a nivel mundial, no pasa nada”.

La irregularidad que han cometido los profesionales representados por Mendes, según el criterio de la Agencia Tributaria, es que “han utilizado sociedades pantalla que no tienen ningún tipo de actividad económica y que están ubicadas en paraísos fiscales o de baja tributación, a los efectos de simular una gestión de los derechos de imagen para no declarar esos beneficios en el país de residencia. En algunas declaraciones del IRPF, como la de Cristiano, se ha calificado además los rendimientos logrados como de capital mobiliario, que tiene un tipo de gravamen más bajo, en lugar de hacerlo como rendimiento de actividades económicas”.

Canal, socio de la firma Land&Law, señala que los jugadores no tienen razón en excusarse en que Hacienda haya cambiado las reglas de juego en mitad del partido, argumento con el que se han justificado en alguna ocasión, en referencia a la utilización de la regla 85/15 por la que se regían muchos futbolistas en materia de derechos de imagen. “Lo único que ha pasado es que la Agencia Tributaria empezó a mirar con lupa la venta que hacían los jugadores de sus derechos de imagen a una sociedad, que se realizaba por un precio muy bajo o simbólico (Coentrao llegó a hacerlo por 1 euro)”.

El abogado especifica que “eso sólo afecta a la parte del 15% que le puede pagar el club al jugador en concepto de derechos de imagen, que puede tributar en sociedades con un gravamen más bajo. Ocurre que el fisco español interpreta que esa venta debe hacerse a valor de mercado, en proporción al rendimiento que obtiene la sociedad. Lo único que ha cambiado es el cálculo del importe de la cesión de los derechos. Es verdad que antes no se miraba la cantidad y ahora sí, pero eso no tiene nada que ver  con la interposición de sociedades pantalla de baja tributación que ha existido siempre en deportistas que generan una cantidad importante de rendimientos por sus derechos de imagen, que en realidad son muy pocos”.

La defensa de alguno de los futbolistas que representa Mendes alega que esta misma estructura la han utilizado cuando jugaban en países como Inglaterra, sin que la Hacienda de ese país pusiera objeciones. Ese es el caso de Cristiano Ronaldo. “Es un argumento que no se sostiene porque puede ser que a efectos de la normativa inglesa la operación no se considerara irregular, pero en España se debe seguir la normativa nacional y la interpretación que hace de ella la Agencia Tributaria y la Fiscalía es que ha habido una utilización fraudulenta, una instrumentalización a través de sociedades para eludir impuestos en nuestro país”.

Canal advierte que “la Unión Europea está estudiando actualmente la obligación que tendrán a partir de 2019 los intermediarios, abogados y asesores ubicados en países de la UE de informar a la Hacienda correspondiente cuando haya una utilización de sociedades radicadas en paraísos fiscales o de baja tributación.  Y en los casos en que los asesores no estén ubicados en la UE y la operación se diseñe desde Panamá o las Islas Vírgenes, el obligado a comunicar el uso de estas sociedades será el propio deportista".

El abogado reconoce que hasta ahora “la Unión Europea ha dejado mucho que desear en materia de armonización fiscal. Cada uno defiende su parcela porque todos los estados miembros tienen su paraíso fiscal. Por ejemplo en España tenemos Canarias, que es un paraíso fiscal para determinadas entidades de ciertas actividades que tienen ubicada allí su sede, aunque sea absolutamente ficticia”.

La imputación de Mendes abre un camino hasta ahora inexplorado en España a pesar de que, como se ha citado anteriormente, desde 2003 ya existía la posibilidad de perseguir penalmente a los asesores como cooperadores de un delito de fraude fiscal. En esa vía incidió hace poco el Supremo en su fallo sobre Leo Messi, cuando calificó de “insólito” que no se acusara a los abogados del futbolista argentino. Canal considera que “los profesionales deben manejarse con mucho cuidado. Los asesores tienen una responsabilidad que les puede llevar a sufrir una condena. Yo estoy de acuerdo con la postura del Supremo sobre que lo lógico es que se hubiera investigado a los gestores de Messi. La función del asesor no es que el cliente eluda impuestos, sino que pague lo que tiene que pagar, ni más ni menos. Hacer sociedades pantalla lo puede hacer cualquiera, incluso a través de internet. Pero se trata de que el cliente se vaya a dormir tranquilo pensando que no le va a pasar nada si tiene una inspección fiscal”.

En la situación procesal en la que se encuentran Jorge Mendes y alguno de sus buques insignia, como Cristiano Ronaldo o Mourinho, ¿les sería más conveniente reconocer el delito, intentar llegar a algún tipo de pacto y pagar una cantidad con el fin de evitar el riesgo de ir a prisión? Canal lo tiene claro. “Pactar quiere decir ingresar las cantidades adeudadas con todos los recargos, intereses y multas y en ese caso, el propio código penal prevé una reducción en las penas de tal forma que no tengas que ingresar en prisión. Si con la cuantía del delito corres el riesgo de ser condenado a más de dos años lo normal es pactar, porque si no tienes muy difícil eludir el ingreso en la cárcel”.

Costaba imaginar que alguno de sus jugadores pusiera el objetivo sobre Jorge Mendes, el hombre que les ha ayudado a impulsar su carrera, que les ha facilitado fama y dinero. Una vez que lo ha hecho Falcao, la pregunta es cómo se comportará el resto, qué declarará, por ejemplo, Cristiano Ronaldo en su próxima comparecencia en el juzgado en calidad de investigado el día 31 de julio. ¿Colocará también a Mendes en el origen del plan diseñado para rebajar, de forma presuntamente fraudulenta, los pagos al fisco? Parece evidente la importancia que va a tener esa declaración en el camino procesal del dueño de Gestifute.

El hombre que hace 20 años encontró su camino en la representación de futbolistas tras haber regentado negocios de videoclub y discotecas, que empezando desde cero fue capaz de crear una empresa con una cartera de más de 200 deportistas, y que resultó elegido mejor agente del mundo durante seis años consecutivos, afronta una situación que puede suponer un antes y un después no sólo para él, sino también para la forma de proceder a nivel general con los ingresos de los futbolistas. Más allá del desenlace puntual del caso que le afecta en estos momentos, parece difícil que Mendes no salga manchado y su reputación se vea afectada. Habrá que ver si clubes y jugadores siguen apostando por él o cambian de caballo ganador.

Necesitamos tu ayuda para realizar las obras en la Redacción que nos permitan seguir creciendo. Puedes hacer una donación libre aquí

Este artículo es exclusivo para las personas suscritas a CTXT. Puedes suscribirte aquí

Autor >

Ricardo Uribarri

Periodista. Empezó a cubrir la información del Atleti hace más de 20 años y ha pasado por medios como Claro, Radio 16, Época, Vía Digital, Marca y Bez. Actualmente colabora con XL Semanal y se quita el mono de micrófono en Onda Madrid.

Suscríbete a CTXT

Orgullosas
de llegar tarde
a las últimas noticias

Gracias a tu suscripción podemos ejercer un periodismo público y en libertad.
¿Quieres suscribirte a CTXT por solo 6 euros al mes? Pulsa aquí

Artículos relacionados >

Deja un comentario


Los comentarios solo están habilitados para las personas suscritas a CTXT. Puedes suscribirte aquí