1. Número 1 · Enero 2015

  2. Número 2 · Enero 2015

  3. Número 3 · Enero 2015

  4. Número 4 · Febrero 2015

  5. Número 5 · Febrero 2015

  6. Número 6 · Febrero 2015

  7. Número 7 · Febrero 2015

  8. Número 8 · Marzo 2015

  9. Número 9 · Marzo 2015

  10. Número 10 · Marzo 2015

  11. Número 11 · Marzo 2015

  12. Número 12 · Abril 2015

  13. Número 13 · Abril 2015

  14. Número 14 · Abril 2015

  15. Número 15 · Abril 2015

  16. Número 16 · Mayo 2015

  17. Número 17 · Mayo 2015

  18. Número 18 · Mayo 2015

  19. Número 19 · Mayo 2015

  20. Número 20 · Junio 2015

  21. Número 21 · Junio 2015

  22. Número 22 · Junio 2015

  23. Número 23 · Junio 2015

  24. Número 24 · Julio 2015

  25. Número 25 · Julio 2015

  26. Número 26 · Julio 2015

  27. Número 27 · Julio 2015

  28. Número 28 · Septiembre 2015

  29. Número 29 · Septiembre 2015

  30. Número 30 · Septiembre 2015

  31. Número 31 · Septiembre 2015

  32. Número 32 · Septiembre 2015

  33. Número 33 · Octubre 2015

  34. Número 34 · Octubre 2015

  35. Número 35 · Octubre 2015

  36. Número 36 · Octubre 2015

  37. Número 37 · Noviembre 2015

  38. Número 38 · Noviembre 2015

  39. Número 39 · Noviembre 2015

  40. Número 40 · Noviembre 2015

  41. Número 41 · Diciembre 2015

  42. Número 42 · Diciembre 2015

  43. Número 43 · Diciembre 2015

  44. Número 44 · Diciembre 2015

  45. Número 45 · Diciembre 2015

  46. Número 46 · Enero 2016

  47. Número 47 · Enero 2016

  48. Número 48 · Enero 2016

  49. Número 49 · Enero 2016

  50. Número 50 · Febrero 2016

  51. Número 51 · Febrero 2016

  52. Número 52 · Febrero 2016

  53. Número 53 · Febrero 2016

  54. Número 54 · Marzo 2016

  55. Número 55 · Marzo 2016

  56. Número 56 · Marzo 2016

  57. Número 57 · Marzo 2016

  58. Número 58 · Marzo 2016

  59. Número 59 · Abril 2016

  60. Número 60 · Abril 2016

  61. Número 61 · Abril 2016

  62. Número 62 · Abril 2016

  63. Número 63 · Mayo 2016

  64. Número 64 · Mayo 2016

  65. Número 65 · Mayo 2016

  66. Número 66 · Mayo 2016

  67. Número 67 · Junio 2016

  68. Número 68 · Junio 2016

  69. Número 69 · Junio 2016

  70. Número 70 · Junio 2016

  71. Número 71 · Junio 2016

  72. Número 72 · Julio 2016

  73. Número 73 · Julio 2016

  74. Número 74 · Julio 2016

  75. Número 75 · Julio 2016

  76. Número 76 · Agosto 2016

  77. Número 77 · Agosto 2016

  78. Número 78 · Agosto 2016

  79. Número 79 · Agosto 2016

  80. Número 80 · Agosto 2016

  81. Número 81 · Septiembre 2016

  82. Número 82 · Septiembre 2016

  83. Número 83 · Septiembre 2016

  84. Número 84 · Septiembre 2016

  85. Número 85 · Octubre 2016

  86. Número 86 · Octubre 2016

  87. Número 87 · Octubre 2016

  88. Número 88 · Octubre 2016

  89. Número 89 · Noviembre 2016

  90. Número 90 · Noviembre 2016

  91. Número 91 · Noviembre 2016

  92. Número 92 · Noviembre 2016

  93. Número 93 · Noviembre 2016

  94. Número 94 · Diciembre 2016

  95. Número 95 · Diciembre 2016

  96. Número 96 · Diciembre 2016

  97. Número 97 · Diciembre 2016

  98. Número 98 · Enero 2017

  99. Número 99 · Enero 2017

  100. Número 100 · Enero 2017

  101. Número 101 · Enero 2017

  102. Número 102 · Febrero 2017

  103. Número 103 · Febrero 2017

  104. Número 104 · Febrero 2017

  105. Número 105 · Febrero 2017

  106. Número 106 · Marzo 2017

  107. Número 107 · Marzo 2017

  108. Número 108 · Marzo 2017

  109. Número 109 · Marzo 2017

  110. Número 110 · Marzo 2017

  111. Número 111 · Abril 2017

  112. Número 112 · Abril 2017

  113. Número 113 · Abril 2017

  114. Número 114 · Abril 2017

  115. Número 115 · Mayo 2017

  116. Número 116 · Mayo 2017

  117. Número 117 · Mayo 2017

  118. Número 118 · Mayo 2017

  119. Número 119 · Mayo 2017

  120. Número 120 · Junio 2017

  121. Número 121 · Junio 2017

  122. Número 122 · Junio 2017

  123. Número 123 · Junio 2017

  124. Número 124 · Julio 2017

  125. Número 125 · Julio 2017

  126. Número 126 · Julio 2017

  127. Número 127 · Julio 2017

  128. Número 128 · Agosto 2017

  129. Número 129 · Agosto 2017

  130. Número 130 · Agosto 2017

  131. Número 131 · Agosto 2017

  132. Número 132 · Agosto 2017

  133. Número 133 · Septiembre 2017

  134. Número 134 · Septiembre 2017

  135. Número 135 · Septiembre 2017

  136. Número 136 · Septiembre 2017

  137. Número 137 · Octubre 2017

  138. Número 138 · Octubre 2017

  139. Número 139 · Octubre 2017

  140. Número 140 · Octubre 2017

  141. Número 141 · Noviembre 2017

  142. Número 142 · Noviembre 2017

  143. Número 143 · Noviembre 2017

  144. Número 144 · Noviembre 2017

  145. Número 145 · Noviembre 2017

  146. Número 146 · Diciembre 2017

  147. Número 147 · Diciembre 2017

  148. Número 148 · Diciembre 2017

  149. Número 149 · Diciembre 2017

  150. Número 150 · Enero 2018

  151. Número 151 · Enero 2018

  152. Número 152 · Enero 2018

  153. Número 153 · Enero 2018

  154. Número 154 · Enero 2018

  155. Número 155 · Febrero 2018

  156. Número 156 · Febrero 2018

  157. Número 157 · Febrero 2018

  158. Número 158 · Febrero 2018

  159. Número 159 · Marzo 2018

  160. Número 160 · Marzo 2018

  161. Número 161 · Marzo 2018

  162. Número 162 · Marzo 2018

  163. Número 163 · Abril 2018

  164. Número 164 · Abril 2018

  165. Número 165 · Abril 2018

  166. Número 166 · Abril 2018

  167. Número 167 · Mayo 2018

  168. Número 168 · Mayo 2018

  169. Número 169 · Mayo 2018

  170. Número 170 · Mayo 2018

  171. Número 171 · Mayo 2018

  172. Número 172 · Junio 2018

  173. Número 173 · Junio 2018

  174. Número 174 · Junio 2018

  175. Número 175 · Junio 2018

  176. Número 176 · Julio 2018

  177. Número 177 · Julio 2018

  178. Número 178 · Julio 2018

  179. Número 179 · Julio 2018

  180. Número 180 · Agosto 2018

  181. Número 181 · Agosto 2018

  182. Número 182 · Agosto 2018

  183. Número 183 · Agosto 2018

  184. Número 184 · Agosto 2018

  185. Número 185 · Septiembre 2018

  186. Número 186 · Septiembre 2018

  187. Número 187 · Septiembre 2018

  188. Número 188 · Septiembre 2018

  189. Número 189 · Octubre 2018

  190. Número 190 · Octubre 2018

  191. Número 191 · Octubre 2018

  192. Número 192 · Octubre 2018

  193. Número 193 · Octubre 2018

  194. Número 194 · Noviembre 2018

  195. Número 195 · Noviembre 2018

  196. Número 196 · Noviembre 2018

  197. Número 197 · Noviembre 2018

  198. Número 198 · Diciembre 2018

  199. Número 199 · Diciembre 2018

  200. Número 200 · Diciembre 2018

  201. Número 201 · Diciembre 2018

  202. Número 202 · Enero 2019

  203. Número 203 · Enero 2019

  204. Número 204 · Enero 2019

  205. Número 205 · Enero 2019

  206. Número 206 · Enero 2019

  207. Número 207 · Febrero 2019

  208. Número 208 · Febrero 2019

  209. Número 209 · Febrero 2019

  210. Número 210 · Febrero 2019

  211. Número 211 · Marzo 2019

  212. Número 212 · Marzo 2019

  213. Número 213 · Marzo 2019

  214. Número 214 · Marzo 2019

  215. Número 215 · Abril 2019

  216. Número 216 · Abril 2019

  217. Número 217 · Abril 2019

  218. Número 218 · Abril 2019

  219. Número 219 · Mayo 2019

  220. Número 220 · Mayo 2019

  221. Número 221 · Mayo 2019

  222. Número 222 · Mayo 2019

  223. Número 223 · Mayo 2019

  224. Número 224 · Junio 2019

  225. Número 225 · Junio 2019

  226. Número 226 · Junio 2019

  227. Número 227 · Junio 2019

  228. Número 228 · Julio 2019

  229. Número 229 · Julio 2019

  230. Número 230 · Julio 2019

  231. Número 231 · Julio 2019

  232. Número 232 · Julio 2019

  233. Número 233 · Agosto 2019

  234. Número 234 · Agosto 2019

  235. Número 235 · Agosto 2019

  236. Número 236 · Agosto 2019

  237. Número 237 · Septiembre 2019

  238. Número 238 · Septiembre 2019

  239. Número 239 · Septiembre 2019

  240. Número 240 · Septiembre 2019

  241. Número 241 · Octubre 2019

  242. Número 242 · Octubre 2019

  243. Número 243 · Octubre 2019

  244. Número 244 · Octubre 2019

  245. Número 245 · Octubre 2019

  246. Número 246 · Noviembre 2019

  247. Número 247 · Noviembre 2019

  248. Número 248 · Noviembre 2019

  249. Número 249 · Noviembre 2019

  250. Número 250 · Diciembre 2019

  251. Número 251 · Diciembre 2019

  252. Número 252 · Diciembre 2019

  253. Número 253 · Diciembre 2019

  254. Número 254 · Enero 2020

  255. Número 255 · Enero 2020

  256. Número 256 · Enero 2020

  257. Número 257 · Febrero 2020

  258. Número 258 · Marzo 2020

  259. Número 259 · Abril 2020

  260. Número 260 · Mayo 2020

  261. Número 261 · Junio 2020

  262. Número 262 · Julio 2020

  263. Número 263 · Agosto 2020

  264. Número 264 · Septiembre 2020

  265. Número 265 · Octubre 2020

  266. Número 266 · Noviembre 2020

  267. Número 267 · Diciembre 2020

  268. Número 268 · Enero 2021

  269. Número 269 · Febrero 2021

  270. Número 270 · Marzo 2021

  271. Número 271 · Abril 2021

  272. Número 272 · Mayo 2021

  273. Número 273 · Junio 2021

  274. Número 274 · Julio 2021

  275. Número 275 · Agosto 2021

  276. Número 276 · Septiembre 2021

  277. Número 277 · Octubre 2021

  278. Número 278 · Noviembre 2021

  279. Número 279 · Diciembre 2021

  280. Número 280 · Enero 2022

  281. Número 281 · Febrero 2022

  282. Número 282 · Marzo 2022

  283. Número 283 · Abril 2022

  284. Número 284 · Mayo 2022

  285. Número 285 · Junio 2022

  286. Número 286 · Julio 2022

  287. Número 287 · Agosto 2022

  288. Número 288 · Septiembre 2022

  289. Número 289 · Octubre 2022

  290. Número 290 · Noviembre 2022

  291. Número 291 · Diciembre 2022

  292. Número 292 · Enero 2023

  293. Número 293 · Febrero 2023

  294. Número 294 · Marzo 2023

  295. Número 295 · Abril 2023

  296. Número 296 · Mayo 2023

  297. Número 297 · Junio 2023

  298. Número 298 · Julio 2023

  299. Número 299 · Agosto 2023

  300. Número 300 · Septiembre 2023

  301. Número 301 · Octubre 2023

  302. Número 302 · Noviembre 2023

  303. Número 303 · Diciembre 2023

  304. Número 304 · Enero 2024

  305. Número 305 · Febrero 2024

  306. Número 306 · Marzo 2024

CTXT necesita 15.000 socias/os para seguir creciendo. Suscríbete a CTXT

La chapuza del déficit bloquea las 17 comunidades y los 8.000 ayuntamientos

Bruselas impide que preparen sus presupuestos al retrasar hasta noviembre la aprobación de los techos de gasto y Hacienda agrava el panorama al ocultar qué cantidades recibirán de los impuestos

Eduardo Bayona 31/08/2016

Malagón

En CTXT podemos mantener nuestra radical independencia gracias a que las suscripciones suponen el 70% de los ingresos. No aceptamos “noticias” patrocinadas y apenas tenemos publicidad. Si puedes apoyarnos desde 3 euros mensuales, suscribete aquí

¿Para qué sirve la mezcla de cal y arena? Para pocas cosas. Uno de los pocos usos que se le conocen consiste en servir de letrina para animales domésticos como los gatos. Absorbe sus malos olores pero causa irritación al animal si este se tumba a menudo sobre ella. Bruselas ha optado, ante la evolución del déficit, por aplicar arena encalada, o cal enarenada, a su mascota española: le ha perdonado la multa que le correspondía por saltarse sus límites y le ha puesto unos nuevos, aunque con un calendario que, en la práctica y unido a la indolencia del Gobierno en funciones, va a impedir que las administraciones españolas dispongan en fecha y forma de los presupuestos para el año que viene: no pueden elaborarlos sin conocer los techos de gasto.

Estos los establecen las Cortes tras proponérselos el Gobierno por indicación de Europa. Sin embargo, el papel que pone en marcha la maquinaria no saldrá de Bruselas hasta entrado noviembre, cuando --cosas de la burocracia y los palacios-- las cámaras autonómicas y la mayoría de los ayuntamientos carezcan de margen de maniobra para aprobar sus cuentas en lo que quede de año.

Es decir, que aunque, en una decisión de claro tinte político, haya eludido imponer nuevos recortes al conjunto del Estado, Bruselas está bloqueando de hecho la gestión de las 17 comunidades autónomas y las más de 8.000 diputaciones, comarcas y ayuntamientos en los que está estructurada la Administración local española. Los dueños de la casa andan más cómodos tras haber hallado la fórmula para evitar los efluvios malolientes. Aunque saben que el gato va a acabar sufriendo una irritación, también intuyen que, por irritado que esté, el minino no araña.

Bruselas está bloqueando de hecho la gestión de las 17 comunidades y las más de 8.000 diputaciones

El 27 de julio, la Comisión Europea, tras constatar que España incumplía por segunda vez sus objetivos para embridar el déficit, tal y como ya ocurrió en el periodo 2009-2012 tras haber superado por primera vez el 3% del PIB, imponía, tras perdonar una multa que los expertos estimaban en unos 2.000 millones de euros, unos nuevos topes. Con un amplio margen de maniobra para este año, en el que el límite sube del 2,8% al 4,6% el PIB para acercarse a la implacable realidad, aunque con una previsión de recorte drástico para los dos siguientes ejercicios: debe bajar al 3,1% en 2017 y al 2,2% en 2018. Los recortes del gasto público supondrán unos 8.000 millones de euros, calculan los burócratas comunitarios.

Una decisión fundamental que no termina de serlo

Por chocante que resulte, esa decisión de los sabios europeos es inaplicable en España. De hecho, todavía no es formalmente una decisión. Para serlo requiere que el informe en el que la Comisión establece las nuevas condiciones sea ratificado por el Ecofin, el órgano de gobierno comunitario que agrupa a los ministros de Economía y de Hacienda de los 27.

Los recortes del gasto público supondrán unos 8.000 millones de euros, calculan los burócratas comunitarios

Ninguno de sus miembros va a oponerse al criterio de los comisarios, básicamente porque el artículo 7 del Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza les obliga, desde 2012, a votar a favor. Pero, en cualquier caso, eso no ocurrirá antes del 8 o el 16 de noviembre, fechas para las que tienen señaladas sus próximas reuniones. Los próximos viernes y sábado (2 y 3 de septiembre) mantendrán un encuentro informal, lo mismo que harán una semana más tarde los presidentes de Gobierno, mientras que el 10 de octubre y el 7 de noviembre se celebra una reunión del Eurogrupo. Pero ninguno de esos foros está habilitado para avalar las tesis de la CE. En el mejor de los casos, Europa no podrá comunicar a España antes de la primera quincena de noviembre los nuevos límites del déficit.

¿Y quién recibirá la carta? Para entonces habrá finalizado la cuenta atrás que comenzará este viernes con la previsible no investidura de Rajoy, por lo que, salvo que alguien haya sido investido presidente antes del 30 de octubre, le llegará a un ejecutivo en funciones y con unas Cortes disueltas cuya Diputación Permanente carece de potestad para tramitar la ley orgánica que, desde la modificación del artículo 135 de la Constitución, se requiere para fijar “el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto”. La reforma constitucional exprés de 2011, ejecutada de común acuerdo por el PSOE de Zapatero y el PP de Rajoy, sigue haciendo prisioneros por sus evidentes contraindicaciones para la estructura que, en principio, iba a sanear.

Si el país no está en precampaña y cuenta con un ejecutivo plenipotenciario, será este el que deberá remitirla y negociar los apoyos que necesite --176 de los 350 diputados-- para aprobarla y para su posterior ratificación en el Senado. Solo después de disponer de ese texto legal puede el Ministerio de Hacienda distribuir el techo de cada Administración, en una decisión que se oficializa en el Consejo de Política Fiscal y Financiera.

La gestión de 85.000 millones de euros, en el aire

Sin embargo, la burocracia comunitaria y los efectos perversos del artículo 135 --el mismo que da “prioridad absoluta” al pago de la deuda pública, no vaya a ser que algún banco cobre tarde y haya que rescatarlo-- no son los únicos obstáculos que deben superar las comunidades autónomas para poder perfilar sus cuentas. Falta por despejar otra incógnita que, en realidad, consiste en un dato que debe comunicarles el Ministerio de Hacienda: el dinero que teóricamente van a recibir por su participación en la recaudación de impuestos, el que les corresponde en aplicación de los mecanismos de la financiación autonómica y el resto de transferencias procedentes del Estado.

Transmitirlo es, en cualquier caso, competencia del Gobierno central, en el que ningún movimiento apunta a que vaya a cursarlos. Eso ha hecho que algún consejero de Hacienda, como el aragonés Fernando Gimeno, ya haya advertido que resultará “imposible” preparar las cuentas del año que viene por la falta de esos dos datos. El efecto dominó de esta incertidumbre descarga sobre las administraciones locales, que a su vez desconocen con qué ingresos de origen estatal y autonómico pueden contar.

Las cifras que dependen de esos trámites son gruesas. Según los últimos datos publicados por la Intervención General del Estado, correspondientes al ejercicio de 2013, el Gobierno central efectuó transferencias corrientes –para gasto-- por valor de 69.740 millones de euros a las comunidades --63.934 de ellos en aplicación del sistema de financiación autonómica--, 10.566 a los ayuntamientos y 4.345 a diputaciones y cabildos, a las que se suman, respectivamente, 1.242 y 74 de capital, para financiar inversiones. Prácticamente triplican los 29.839 que recibió la Seguridad Social.

Los responsables de las cuentas autonómicas tienen motivos para estar preocupados, ya que esos cerca de 70.000 millones de euros en transferencias del Estado suponen casi la tercera parte de sus necesidades al haber cerrado ese mismo ejercicio con obligaciones reconocidas por 229.908. El peso de las transferencias estatales es menor en la Administración local, donde esos 15.000 millones, a los que se añaden otros llegados de las comunidades, cubren algo más de la quinta parte de sus 70.917 de gasto.

El torticero debate sobre las funciones del Gobierno

Esa combinación de factores ha provocado en las últimas semanas un debate político sobre la habilitación de un Gobierno en funciones para tomar determinadas decisiones que, con la distorsión torticera que los conceptos jurídicos suelen sufrir al discutirse en el ámbito partidista, derivó, desde el PP y también desde algunas baronías del PSOE, en peticiones a la dirección federal de esta última formación para que permita la investidura de Mariano Rajoy. Sólo un ejecutivo plenipotenciario podría tramitar los techos de déficit para que las comunidades puedan tener sus presupuestos, argumentaban, ajenos a las reglas del juego europeo y a los efectos del artículo 135.

El quid de la cuestión se encuentra en interpretar el contenido del artículo 21 de la Ley del Gobierno, que desde finales de 1997 limita la gestión de un Gobierno en funciones al “despacho ordinario de los asuntos públicos”, veta expresamente la posibilidad de presentar proyectos de ley a las cámaras y de aprobar el de los Presupuestos Generales del Estado y, al mismo tiempo, le obliga a abstenerse de tomar “cualesquiera otras medidas” con la única excepción de “casos de urgencia debidamente acreditados” y “razones de interés general cuya acreditación expresa así lo justifique”. Entre los juristas hay división de opiniones sobre su significado.

El artículo 21 de la Ley del Gobierno veta expresamente la posibilidad de presentar proyectos de ley a las cámaras y de aprobar el de los Presupuestos Generales del Estado 

“Lo que no puede ser es que el derecho cree más problemas de los que está llamado a resolver”, señala Pablo Guerrero, investigador de Derecho Constitucional de la Universidad de Zaragoza que está trabajando en una tesis sobre cómo afecta la estabilidad presupuestaria a la autonomía financiera de las comunidades autónomas. Considera que, por el tipo de tramitación que tiene desde Bruselas, el establecimiento de los techos de gasto entraría en ese despacho de asuntos ordinarios.

Enrique Cebrián, profesor de Derecho Constitucional en esa misma facultad, destaca la inconcreción de esa expresión. “Es una cuestión indeterminada –explica--. Un Gobierno en funciones no puede tomar decisiones que condicionen a futuros ejecutivos. La duda está en considerar si determinar los techos de gasto forma parte, o no, del funcionamiento ordinario del Estado”. “El artículo 135 de la Constitución obliga a aprobar una ley orgánica con un contenido que marca una autoridad superior”, anota Cebrián, que apunta que “quien lo aprueba finalmente es el parlamento, por lo que también podría interpretarse que no se trata estrictamente de una función del Gobierno”.

¿Prorrogar un presupuesto con objetivos discordantes?

Guerrero alerta de las complicaciones que podría entrañar un 'plan B' como que las comunidades elaboren sus presupuestos para el año que viene basándose en los estatales vigentes, algo que también puede ocurrir con los estatales en caso de prórroga. “Tienen unas previsiones de déficit distinto del que ahora marca Bruselas --explica-- y preveían cumplir las anteriores, pero eso no ocurrió. Existe una distribución del déficit, pero viene de un planteamiento que no se cumplió”.

El investigador, especialista en estabilidad presupuestaria y sus efectos, explica que, en España, en realidad, “no se aplica la regla de gasto teórico como consecuencia de la situación de endeudamiento de las administraciones”, que deriva en recortes del gasto e incrementos de la presión fiscal.

Se trata de un invento de los años 90 con reminiscencias keynesianas que se aplicó con resultados positivos en países como Suecia o Finlandia, y sin apenas efectos en otros como Holanda, que consiste en acompasar el gasto de las administraciones a la llamada tasa de crecimiento a medio plazo de su economía –aquí se utiliza la estimación del Banco de España--.

“No es algo necesariamente negativo –explica--. Su filosofía consiste en facilitar el ahorro de los ingresos extraordinarios que obtienen las administraciones cuando la economía crece, en reducir el gasto cuando se recalienta”, mientas que puede crecer cuando se contrae.

¿Para qué sirve la mezcla de cal y arena? Para pocas cosas. Uno de los pocos usos que se le conocen consiste en servir de letrina para animales domésticos como los gatos. Absorbe sus malos olores pero causa irritación al animal si este se tumba a menudo sobre ella. Bruselas ha optado, ante la...

Este artículo es exclusivo para las personas suscritas a CTXT. Puedes suscribirte aquí

Autor >

Suscríbete a CTXT

Orgullosas
de llegar tarde
a las últimas noticias

Gracias a tu suscripción podemos ejercer un periodismo público y en libertad.
¿Quieres suscribirte a CTXT por solo 6 euros al mes? Pulsa aquí

Artículos relacionados >

Deja un comentario


Los comentarios solo están habilitados para las personas suscritas a CTXT. Puedes suscribirte aquí